Gobierno fija precios de mercado e incentivos arancelarios para la gasolina de aviación
Imagen de la carga de combustible a una aeronave.
Por CRÓNICA
El Gobierno nacional promulgó el Decreto Supremo 5729, una medida que redefine las reglas para la importación y comercialización de la Gasolina de Aviación Grado 100 en el país.
La norma establece que este combustible ya no contará con subvención y se venderá a precios de mercado, al tiempo que reduce a 0% el Gravamen Arancelario hasta el 31 de diciembre de 2027 para incentivar la oferta privada y garantizar el abastecimiento en los aeropuertos.
Claves del Decreto Supremo 5729
1. Precios liberados y sin subvención
El artículo 4 de la norma determina que el precio final del carburante dependerá directamente de la oferta y la demanda. Toda importación realizada por privados o empresas operadoras de plantas de suministro se venderá a precio de mercado, quedando expresamente excluida de cualquier subsidio estatal.
2. Participantes del nuevo esquema
La regulación habilita un canal directo para el abastecimiento aeronáutico:
- Importadores (personas naturales o jurídicas): Podrán traer el combustible al país con las autorizaciones vigentes y venderlo a las plantas de suministro en aeropuertos.
- Empresas operadoras de plantas: Quedan facultadas para importar de manera directa o comprar a importadores locales para comercializar el producto al cliente o usuario aeronáutico.
3. Incentivos tributarios y arancelarios
Para mitigar el impacto en los costos de importación, el decreto aplica los siguientes beneficios hasta el 31 de diciembre de 2027:
- Gravamen Arancelario a 0% para las categorías consignadas en el Anexo 1.
- Alícuota del IEHD en 0 Bs/litro (Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados).
Vigencia: Las medidas tributarias y arancelarias entran en vigor al quinto día hábil posterior a la publicación oficial del decreto.
Control, calidad y fiscalización
Las empresas que importen el carburante deberán someterse al Reglamento de Calidad de Carburantes vigente. El ente regulador del sector estará a cargo de verificar la calidad técnica del producto en los aeropuertos, mientras que la Dirección General de Sustancias Controladas fiscalizará el manejo y traslado del combustible conforme a ley.
Con este marco normativo, el Ejecutivo busca aperturar el mercado a actores privados, asegurar el suministro continuo para la aviación nacional y aliviar la carga fiscal del Estado en materia de hidrocarburos.
