¿Qué está prohibido, antes, durante y después de las elecciones?
Los miembros de la Policía acompañan el traslado del material electoral. Foto: TED
La Gobernación de Cochabamba emitió el Decreto Departamental Nº 6507 que declara ‘Auto de Buen Gobierno’ por las Elecciones Generales 2025, el cual, establece una serie de prohibiciones 48 horas antes, y 12 horas después, del proceso electoral.
El secretario de Gobernabilidad y Coordinación, Eduardo Camacho informó que la Gobernación emitió el ‘Auto de Buen Gobierno’ enmarcado en el artículo 152 de la Ley Nº 026 de Régimen Electoral que delega competencias a las gobernaciones.
Prohibiciones
- Desde las cero horas del jueves 14 de agosto de 2025, hasta las 18:00 del 17 de agosto de 2025, queda prohibido cualquier forma de manifestación pública, de apoyo o rechazo a una de las candidaturas.
- Desde las cero horas del día viernes 15 de agosto de 2025 y hasta las 12:00 del 18 de agosto de 2025, queda prohibido el expendio o consumo de bebidas alcohólicas, ya sea en domicilios particulares, tiendas, cantinas, hoteles o restaurantes.
- Desde las cero horas hasta las 24:00 del día de las Elecciones Generales 2025, queda prohibido el portar armas de fuego, armas punzo cortantes o instrumentos contundentes. Además, se prohíbe la apertura de locales comerciales, restaurantes, patios de comida, supermercados y mercados. Asimismo, no está permitido realizar actos, reuniones o espectáculos públicos de cualquier tipo, ni el traslado de electores de un recinto electoral a otro, por cualquier medio de transporte.
- Pero también queda prohibido la circulación de vehículos motorizados, sean particulares, oficiales o de servicio público, con excepción de aquellos que exhiban una autorización extendida por el Tribunal Supremo Electoral o Tribunales Electorales Departamentales. Los vehículos de la Policía Boliviana y de las Fuerzas Armadas que estén realizando tareas de seguridad y cadena de custodia.
- De las cero horas hasta las 24:00 del día de las elecciones se suspenden los vuelos nacionales, los viajes interdepartamentales, interprovinciales e intermunicipales. Solo podrán transitar por las carreteras los vehículos del Órgano Electoral o de las fuerzas de seguridad que se hallan cumpliendo sus funciones.
- Los vuelos internacionales en tránsito o los vuelos internacionales que se originen, arriben o tengan por destino Bolivia, quedan exentos de la prohibición señalada. Para el traslado de pasajeros, personal operativo u otros, las líneas aéreas o los interesados tramitarán el permiso respectivo ante el Tribunal Electoral Departamental con la debida anticipación, conforme establece la normativa legal vigente.
Los infractores al Auto de Buen Gobierno serán sancionados de acuerdo a lo que establece la Ley Nº 026 del 30 de junio de 2010, de Régimen Electoral.
Quedan encargados del cumplimiento del auto de Buen Gobierno todas las instituciones públicas, privadas, la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas y la ciudadanía en general.

